La Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, establece en su artículo 10.1 que los servicios estadísticos, entre los que se encuentra el Instituto Nacional de Estadística (INE), podrán solicitar datos de todas las personas físicas y jurídicas, nacionales y extranjeras, residentes en España. Para llevar a cabo las operaciones estadísticas de su competencia de la manera más eficiente, el INE impulsa acciones para obtener dichos datos con el menor coste posible y con la menor carga para los obligados a facilitar los datos.

En el caso de las encuestas de ocupación en establecimientos turísticos, encuadradas en el Real Decreto 1658/2012, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Estadístico Nacional 2013-2016, se podrían proporcionar estos datos con un menor coste y una menor carga para las empresas cuando fuera posible extraer la información solicitada de sus aplicaciones de gestión de clientes en ficheros XML, según formato establecido. Al mismo tiempo esto supondría un gran ahorro para el INE ya que la obtención telemática de esta información evitaría la recogida de datos con medios personales. Asimismo, la obtención de datos por esta vía añade una mayor fiabilidad y frecuencia en la obtención de los mismos y por ende, una mayor calidad de las encuestas.

Documentos adjuntos:

ORDEN ECC-873-2015 ESTADISTICA